Ventajas Económicas de Operar desde Panamá Pacífico

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Ventajas de Panamá Pacífico

VENTAJAS ECONÓMICAS DE OPERAR DESDE EL ÁREA ESPECIAL DE PANAMÁ PACÍFICO

El Área Panamá Pacífico es uno de los proyectos económicos y comerciales más importantes y atractivos de Panamá, el cual contempla el desarrollo de un centro de negocios nacional e internacional, atrayendo grandes empresas constituidas en el territorio como multinacionales, de servicios logísticos, y diferentes comercios e industrias en general.

Por medio de gaceta oficial, el Gobierno Nacional de Panamá y su presidente Laurentino Cortizo, se oficializa la Ley No. 41 De 20 de julio de 2004 la cual crea un régimen especial para el establecimiento y Operación del Área Económica Especial Panamá-Pacífico, y una entidad autónoma del Estado, denominada Agencia del Área Económica Especial Panamá-Pacífico.

Dicha ley tiene por objetivo crear un régimen legal, fiscal, aduanero, laboral, migratorio y de negocios especial, para el establecimiento y operación de un Área Económica Especial en el distrito de Arraiján, provincia de Panamá, denominada Área Económica Especial Panamá Pacífico.

Normativa ejecutada en Panamá, incorpora nuevas disposiciones laborales que permiten a las parejas y cónyuges extranjeros, obtener permisos para trabajar legalmente en el país utilizando su misma visa migratoria especial. Más información AQUÍ.

La misma, va dirigida a incentivar y asegurar el flujo y movimiento libre de bienes, servicios y capitales, para así atraer y promover las inversiones, la generación de empleos y hacer de la República de Panamá, una región más competitiva en la economía global actual.

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Ventajas de establecer empresas en este sector:

  • Normas migratorias y laborales especiales
  • Incentivos fiscales como exoneraciones en impuestos
  • Centros de enseñanza superior
  • Proyectos residenciales
  • Facilidades como supermercado, bancos, farmacias, restaurantes, parques y centros de deportes.

Indica que, tanto las personas naturales como jurídicas que se establezcan en el Área Panamá-Pacífico, podrán realizar todo tipo de actividades, de cualquier índole, salvo lo establecido en los artículos 49 y 50 de la presente Ley. Leer más: PANAMÁ Y SU CONECTIVIDAD. MARCO DE REFERENCIA EN LA MIRA INVERSIONISTA Y EMPRESARIAL EXTRANJERA

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